Misión
Amercor es una Asociación Civil sin ánimo de lucro aprobada por resolución 428 de 2006 de la Inspección de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia de la provincia de Córdoba.
Como organización nuestros objetivos son:
- Defender los intereses morales, materiales y profesionales de los asociados.
- Promover y difundir el progreso de la especialidad desde la formación, hasta sus aspectos éticos.
- Tratar y resolver temas inherentes a la especialidad y sus profesionales.
De los Socios de Amercor
El Título III de los estatutos de Amercor, sobre los Asociados y las condiciones de admisión, reza lo siguiente:
"Artículo 5. Se establecen las siguientes categorías de asociados:
"a) ACTIVOS: los que invistan el carácter de Fundadores y los Médicos Rehabilitarores y/o en proceso de formación que fueran presentados por dos socios y que sean aceptados en tal carácter por la Comisión Directiva.
"b) HONORARIOS: las personas que en atención a los servicios prestados a la asociación o a determinadas condiciones personales, sean designadas a propuesta de la Comisión Directiva o de un número de asociados con derecho a voto, no inferior al 15%. Los asociados honorarios carecerán de voto en las Asambleas y no podrán integrar los Órganos Sociales.
"c) VITALICIOS: serán los asociados activos que alcancen una antigüedad ininterrumpida en la asociación de veinticinco años o los que abonen por adelantado el total de dicho periodo. Serán eximidos del pago de la cuota social y tendrán los mismos derechos y obligaciones que los activos.
"d) ADHERENTES: serán los asociados que no reúnan las condiciones requeridas para los socios activos; pagarán una cuota social y tendrán derecho a voz, pero no a voto en las Asambleas, ni podrán ser elegidos para integrar Órganos Sociales.
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Si quiere recibir más información sobre cómo hacerse miembro de nuestra Asociación, por favor póngase en contacto con Nosotros.
¿Qué es la Discapacidad?

Según el artículo segundo de la ley argentina 22.431, se considera discapacitada a toda persona que “padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral”. Definición esta que se ve ratificada posteriormente por el artículo noveno de la ley 24.901.
Por su parte, en el texto de la Primera Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad (ENDI), se puede leer que la discapacidad es “toda limitación en la actividad y restricción en la participación, que se origina en una deficiencia y que afecta a una persona en forma permanente para desenvolverse en su vida cotidiana dentro de su entorno físico y social”.

Como puede notarse de las definiciones anteriores, la discapacidad hace referencia a las dificultades que un individuo puede tener en su desempeño y en la realización de una actividad, como consecuencia de una deficiencia física o mental: dificultades para ver, para caminar, para hablar, para aprender, etc.
No obstante, la discapacidad también comprende los problemas que un individuo puede experimentar al involucrarse en situaciones vitales, como consecuencia de su deficiencia: restricciones en educación, de recreación, en el trabajo, etc.
Como respuesta a la discapacidad surge el concepto de Rehabilitación desde la propia ciencia médica. Siendo por esa razón que medicina rehabilitadora se erige como especialidad en medicina que se ocupa de preparar o readaptar al individuo con el objetivo de que pueda alcanzar la máxima capacidad funcional posible, tendiendo al logro de su máxima autonomía a los efectos de posibilitar su plena integración social.